licencias ambientales 2024
Desde 1986 es una obligación contar con un instrumento ambiental, esto según el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto 68-86), gracias a la preocupación mundial por la preservación del ambiente y la lucha contra el cambio climático el interés nacional en el cumplimiento de las disposiciones legales ha ido en aumento.
Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental
-RECSA-
En el año 2016 se emitió el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental -RECSA-, Acuerdo Gubernativo 137-2016, fijando un plazo de dos años para que las empresas se regularizaran presentando su instrumento ambiental.
Debido a la gran afluencia de proyectos que querían enfocarse en la regularización ambiental, el 24 de diciembre del año 2019, se publicó en el Diario de Centro América la reforma al Acuerdo Gubernativo 137-2016 Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental –RECSA-, el Acuerdo Gubernativo 317-2019, estableciendo, modificaciones importantes, entre las cuales podemos destacar:
Desde 1986 es una obligación contar con un instrumento ambiental, esto según el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto 68-86), gracias a la preocupación mundial por la preservación del ambiente y la lucha contra el cambio climático el interés nacional en el cumplimiento de las disposiciones legales ha ido en aumento.
En el año 2016 se emitió el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental -RECSA-, Acuerdo Gubernativo 137-2016, fijando un plazo de dos años para que las empresas se regularizaran presentando su instrumento ambiental.
Debido a la gran afluencia de proyectos que querían enfocarse en la regularización ambiental, el 24 de diciembre del año 2019, se publicó en el Diario de Centro América la reforma al Acuerdo Gubernativo 137-2016 Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental –RECSA-, el Acuerdo Gubernativo 317-2019, estableciendo, modificaciones importantes, entre las cuales podemos destacar:
1
El plazo de 3 años más (esté vence el 16 de diciembre de 2022) para la regularización de instrumentos ambientales de proyectos en operación.
2
Se elimina la obligación de fianza o mejor conocido como “seguro de caución”. Este era necesario para la obtención de licencia ambiental.
Mediante la reforma Acuerdo Gubernativo 298-2022 se otorgó una nueva prórroga que establece como fecha límite el:
27 DE SEPTIEMBRE 2024
MULTAS
La reforma del Acuerdo Gubernativo 137-2016, el cual es el Acuerdo Gubernativo 317-2019 –RECSA-, establece en su artículo 40, que las empresas y negocios que no cuenten con la Licencia Ambiental o resolución ambiental aprobatoria dictaminada por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales –MARN-, podrían tener multas desde Q5,000 hasta Q100,000, dependiendo de las categorías de los instrumentos ambientales.
Según la reforma del Acuerdo Gubernativo 137-2016, el Acuerdo Gubernativo 317-2019 -RECSA-, todos deben hacer cumplimiento a esta ley, pudiéndose mencionar los comercios, oficinas, industrias o actividades; sin embargo, las Iglesias, cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso con o sin actividades complementarias no están obligados a pagar licencia ambiental.
Cabe mencionar que cada licencia tiene distintos requerimientos, estos dependerán de cada segmento comercial, actividad económica, número de trabajadores, tamaño del proyecto, todo esto según las categorías indicadas en el Listado Taxativo proporcionado por el MARN.